Matrimonio y moral en el Islam

by Katie

SHAFAQNA – Islam y libertad personal

La segunda pregunta con la que nos enfrentan los secularistas y liberales es aquella de la libertad personal: “¿No soy libre de hacer todo lo que quiera mientras no invada los derechos de los demás?”

Pienso que será de mucha ayuda señalar la diferencia principal entre el Islam y la idea secular y liberal de libertad personal. En el sistema secular, los derechos se dividen en dos: derechos individuales y derechos de la sociedad. Una persona es libre de hacer todo lo que quiera mientras no invada los derechos de los demás. Para llegar a ser un miembro aceptable de la sociedad, es necesario aceptar esta limitación sobre su libertad. La libertad individual está solamente restringida por la libertad de los demás.

El Islam, por otra parte, divide los derechos en tres: derechos de un individuo, derechos de la sociedad y derechos de Dios. Una persona es libre de hacer lo que desee mientras no viole los derechos de otra gente y de Dios. Para llegar a ser musulmán, uno tiene que aceptar esta limitación sobre su libertad personal.

Una diferencia más importante está en el concepto de derecho individual. En el uso secular, los derechos individuales son vistos en contraste a aquellos de otros miembros de la sociedad. El Islam da un paso más y dice que hasta el cuerpo de un individuo tiene algunos derechos contra la persona misma. En otras palabras, el Islam responsabiliza a las personas por el uso de sus propios cuerpos. No se te permite abusar de tu propio cuerpo o dañarlo. Dios dice:

«Del oído, de la vista, del corazón, de todo eso se pedirá cuenta» (Corán 17:38)

Describiendo el Día del Juicio, Él dice:

«El día que sus lenguas, manos y pies atestigüen contra ellos por las obras que cometieron»
(Corán 24:24)

«Ese día sellaremos sus bocas, pero sus manos Nos hablarán y sus pies atestiguarán lo que han merecido» (Corán 36:65)

El Imam Zain ul Abidin, en su Risalatu ‘l-Huquq, describe los derechos que tienen la lengua, los oídos, los ojos, los pies, las manos, el estómago y las partes sexuales de una persona sobre sí misma. Si una persona maltrata o abusa de su cuerpo, entonces es culpable de infringir los derechos de su propio cuerpo y también los derechos de Dios, Quien nos ha dado el cuerpo como un depósito.

El Corán dice:

«¡Bienaventurados los creyentes… que custodian sus partes pudendas, salvo de sus esposas… mientras quienes desean más allá de eso, esos son los que violan la ley» (Corán 23:5-6)

En el Islam, los derechos del individuo no están solamente limitados por los derechos de la sociedad sino también por los de su propio cuerpo y los de Dios. La justificación para esto es muy sencilla: el Islam no permite a una persona que se dañe o destroce a sí misma; y el pecado o la inmoralidad es un medio de perdición. Esta limitación se basa en el amor y la preocupación que Dios, el Compasivo, siente por nosotros.

«Dios no quiere imponeros ninguna carga, sino purificarlos y completar Su gracia con vosotros» (Corán 5:6)

El concepto islámico de libertad personal puede parecer restrictivo al compararlo con el del sistema secular, pero su racionalidad y justificación es aceptada, de un modo indirecto, hasta por la sociedad secular. Las consecuencias lógicas de la idea secular de libertad personal es que a una persona le está permitido hacer todo lo que desee con ella misma; la única limitación es que no infrinja los derechos de los otros.

Pero Occidente no ha sido capaz de tragarse totalmente esta idea como puede ser visto en las leyes que imponen restricciones sobre ciertos actos como, por ejemplo, el suicidio o el uso de drogas narcóticas y también el uso obligatorio del cinturón de seguridad en los vehículos. Al usar drogas narcóticas, el adicto no infringe los derechos de otras personas.

Por supuesto, el significado de infringir los derechos de otros se extiende a incluir los valores espirituales que no son parte de la esfera secular, pero hasta las sociedades occidentales lo consideran ilícito e implementan medidas para evitar que los adictos utilicen drogas. Esto es justificado al decir que es el deber de la sociedad evitar que sus ciudadanos se dañen a sí mismos.

En estos ejemplos, vemos que el sistema secular se está retirando de las consecuencias lógicas de su versión de libertad individual. La única diferencia que permanece entre el punto de vista secular y el islámico es que el primero le atribuye el derecho de restringir a la sociedad, mientras que el Islam se lo da a Dios.

En conclusión, podemos decir que el punto de vista islámico prohíbe no solamente los actos que infringen los derechos de otros sino también aquellos que infringen los derechos del propio cuerpo. Este punto de vista está basado en el amor y la preocupación que Dios tiene por los seres humanos.

  • 1. Marriage and Morals [Matrimonio y moral]”, págs. 175-176
  • 2. Wasa’ilu ‘sh-Shi’ah, vol. XIV, pág. 24
  • 3. Wasa’il, vol. XIV, pág. 3.
  • 4. Wasa’il, vol. XIV, pág. 25.
  • 5. Wasa’il, vol. XIV, págs. 3-4, 6.
  • 6. Wasa’il, vol. XIV, pág. 4.
  • 7. Wasa’il, vol. XIV, pág. 9.
  • 8. Wasa’il, vol. XIV, pág. 10.
  • 9. Wasa’il, vol. XIV, pág. 23.
  • 10. Wasa’il, vol. XIV, pág. 23.
  • 11. Wasa’il, vol. XIV, pág. 10.
  • 12. Wasa’il, vol. XIV, pág. 10.
  • 13. Wasa’il, vol. XIV, pág. 4.
  • 14. Wasa’il, vol. XIV, pág. 4.
  • 15. Wasa’il, vol. XIV, págs. 8-9.
  • 16. Wasa’il, vol. XIV, pág. 117.
  • 17. Wasa’il, vol. XIV, págs. 117-118.
  • 18. Wasa’il, vol. XIV, pág. 7.
  • 19. Wasa’il, vol. XIV, pág. 7.
  • 20. Wasa’il, vol. XIV, pág. 5.
  • 21. Wasa’il, vol. XIV, pág. 9.
  • 22. Wasa’il, vol. XIV, pág. 11.
  • 23. Wasa’il, vol. XIV, pág. 11.
  • 24. Wasa’il, vol. XIV, pág. 7.
  • 25. Wasa’il, vol. XIV, pág. 6.
  • 26. Wasa’il, vol. XIV, pág. 25.
  • 27. Wasa’il ‘sh-Shi’ah, Vol. 14, p. 74.
  • 28. Beyond the Veil [Más allá del velo], pág. 44.
  • 29. Beyond the Veil [Más allá del velo], pág. 45.
  • 30. Wasa’il, vol. XIV, pág. 40.
  • 31. Beyond the Veil [Más allá del velo] pág. 36, citando a New Introductory Lectures [Nuevas conferencias introductorias] de Freud, pág. 144.
  • 32. Beyond the Veil [Más allá del velo], pág. 37.
  • 33. At Tabrasi, Al Ihtiyay, vol. I, pág. 48. Para un hadiz similar en las fuentes suníes, ver Tibyan, de Ibn Qayyim, págs. 334-335. También consultar un interesante estudio sobre el control de natalidad entre los musulmanes, Sex and Society in Islam [Sexo y sociedad en el Islam] de B. F. Musallam.
  • 34. Beyond the Veil [Más allá del velo], pág. 38
  • 35. Al-Gazali, Ihya, vol. II, pág. 148
  • 36. Beyond the Veil [Más allá del velo], pág. 39, Ihya, vol. II, pág. 148.
  • 37. Beyond the Veil [Más allá del velo], pág. 113.
  • 38. Beyond the Veil [Más allá del velo], pág. 107.
  • 39. Wasa’ilu ‘sh-Shi’ah, vol. XIV, pág. 9.
  • 40. Wasa’ilu ‘sh-Shi’ah, pág. 10.
  • 41. Wasa’ilu ‘sh-Shi’ah, pág. 9.
  • 42. Wasa’ilu ‘sh-Shi’ah, pág. 11.
  • 43. Wasa’ilu ‘sh-Shi’ah, pág. 11.
  • 44. Beyond the Veil [Más allá del velo], pág. 45
  • 45. Ver nota a pie de página del editor en Ihya’, vol. II, pág.101, y también en Tahzibu ‘l-Ihya de al-Kashani, vol. 3, pág. 57.
  • 46. Ihya, vol. II, pág. 110, Beyond the Veil, pág. 42.
  • 47. Wasa’il, vol. XIV, págs. 72-73.
  • 48. Wasa’il, vol. XIV, pág. 73.
  • 49. Ihya’, vol. II, pág. 110; Beyond the Veil, pág. 42.
  • 50. Ihya’, vol. II, pág. 117.
  • 51. Wasa’il, vol. XIV, pág. 24.
  • 52. Ihya’, vol. II, pág. 118.
  • 53. Ihya’, vol. II, pág. 119.
  • 54. Aklaq-e Jinsi, pág. 67.
  • 55. Wasa’il, vol. XII, pág. 49.
  • 56. Wasa’il, vol. XII, pág. 49.
  • 57. Citado en Scruton, Sexual Desire [Deseo Sexual], pág. 2.
  • 58. Russell, Marriage and Morals [Matrimonio y moral], págs. 293-294.
  • 59. Russell, Marriage and Morals [Matrimonio y moral], págs. 91-92.

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