El Gobierno Valenciano Obligará a los Colegios Públicos a Aceptar el Libre uso del Hiyab

by Katie

SHAFAQNA – Los centros educativos de la Comunidad Valenciana no podrán prohibir el acceso de alumnas que porten pañuelo islámico u otras prendas religiosas. La Consejería de Educación ha publicado este jueves en el diario oficial las instrucciones que deberán regir para el próximo curso y en ellas ha decidido regular por primera vez el uso de vestimentas religiosas.
El texto aprobado dice: “No se debe impedir el acceso a los centros a personas que vistan ropas características o propias por motivo de su identidad religiosa y que no supongan ningún problema de identificación o atenten contra la dignidad de las personas”. Hasta ahora, cada centro tenía su propia normativa interna. Con esta instrucción, la Comunidad Valenciana se convierte en la segunda, tras el País Vasco (según indican organizaciones que combaten la islamofobia), que establece una regla común a seguir por todos los centros.

La instrucción para el próximo curso se produce a raíz del caso de la joven Takwa Rejeb que el pasado mes de septiembre denunció que el instituto valenciano en el que se había matriculado no le permitía estudiar si no se quitaba su hiyab. El centro se acogió a que era una normativa interna y no cedió pese a la intervención de la inspección educativa. Educación, en contra de la dirección de este instituto, medió en el conflicto e hizo valer el “derecho a la enseñanza” para que la joven pudiera asistir con hiyab a todas las clases. La consejería anunció entonces que elaboraría una normativa sobre la vestimenta en los centros educativos encaminada exclusivamente a garantizar el derecho a la educación y a fomentar la diversidad cultural “por encima” de las normativas internas de cada centro. La normativa llega ahora en forma de instrucción a todos los centros sostenidos con recursos públicos.

Los padres piden respeto para “todas las creencias”
Para la Federación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos (FCAPA) de Valencia la medida es “correcta” pero demanda “el mismo respeto a todas las creencias religiosas”. “Si esto significa que van a respetar las costumbres, hábitos y prácticas religiosas, y por tanto van a cejar en la persecución a los belenes, villancicos y crucifijos en las aulas, bienvenidos al respeto a la libertad religiosa. Si es una mera cuestión demagógica y se va a respetar a unos sí y a otros no, nos parecería más una muestra de sectarismo e imposición ideológica”, dice Vicente Morro, presidente de la federación.

Educación había elaborado un borrador con el mismo texto ahora publicado pero que hacía referencia a ejemplos concretos. Así, hablaba del hiyab, pero también de prendas de otras religiones como la kipá, el solideo y la toca. En este borrador, el departamento que dirige el consejero Vicent Marzà, también plasmó que la vestimenta tiene “evidentes funciones simbólicas” entre las que está la identidad religiosa. “Considerando la elección de la vestimenta una cuestión de libertad”, decía el borrador. Las referencias expresas al hiyab, la kipá, el solideo y la toca como ejemplos, han sido eliminadas en el texto definitivo. Desde Educación alegan que eso es lo que se determinó en la reunión mantenida con los sindicatos.

En esta reunión, según explica Javier González, secretario de Enseñanza Pública de UGT en la Comunidad Valenciana, se pidió la retirada del párrafo, no porque estuvieran en contra, sino por “evitar debates y discusiones estériles en las diferentes comunidades educativas”. González apunta que “en todo caso hay que garantizar el derecho a la educación sobre todas las personas, especialmente los menores”. No obstante, una vez introducido como instrucción, sostiene que es una iniciativa “incompleta” porque “solo hace referencia a discriminaciones por razones religiosas y no incluye o hace referencia al resto de discriminaciones prohibidas por la Constitución y la Ley”. Desde la asociación de padres de alumnos que reúne a la mayor parte de los centros valencianos, la Confederación Gonzalo Anaya, también se apoya la medida.

El colegio que vetó a una alumna con yihab no opina

Mientras, desde el instituto de Valencia que fue el centro de la polémica en este curso por el veto a la alumna con hiyab, el IES Benlliure, no opinan del tema. El director de este centro se ha negado este jueves a valorar la instrucción.

Sí se pronuncian desde la Asociación de Directores de Infantil y Primaria de la Comunidad Valenciana. El colectivo que agrupa a los directivos de los colegios agradece que se haya implantado una postura común: “Es positivo que un tema tan importante como la libertad de expresión y religiosa se aborde y tenga un marco legislativo de referencia para poder garantizarlo por igual en todos los centros docentes sostenidos con medios públicos y que no pueda estar sujeto a interpretación y/o restricciones en función de la dirección del centro o de la titularidad”. Desde la asociación, sí matizan sus dudas sobre si los alumnos menores acatan las normas o costumbres de sus padres o si es expresión personal de su libertad.

Los directores aplauden también los dos límites de esta instrucción. La primera, que las prendas no deben impedir que no se pueda identificar a una persona (lo que no sería posible, por ejemplo, con los velos que cubren toda o gran parte de la cara). Y la segunda, que “no atente contra la dignidad de la persona”.

“Lo valoramos muy positivamente, es una buena gestión de la diversidad religiosa”, afirma Amparo Sánchez, de la Plataforma contra la Islamofobia. Sánchez destaca que hasta ahora solo dos autonomías (la vasca y ahora la valenciana) han elaborado normas comunes sobre este asunto. Apunta que en la actualidad muchos centros ya estaban adaptando sus normativas internas, pero no todos. Es en estos casos cuando se producen conflictos como le ocurrió a Takwa Rejeb.

Un juzgado avaló la prohibición
En 2013, el TSJ de Madrid dio la razón a un instituto de Pozuelo de Alarcón que vetó a una alumna por llevar hiyab. La familia acudió a los tribunales, pero la justicia dictó que se trataba de un asunto de cumplimiento de las normas internas de convivencia del propio centro y que no había injerencia a la libertad religiosa. La alumna se cambió de centro.

El uso de los pañuelos y velos islámicos es un tema que genera controversia a la hora de legislar o regular sobre el tema. Este mes, el Tribunal Europeo de Derecho Humanos dictó sentencia en la que avalaba la legislación belga sobre la prohibición del burka (que cubre todo el cuerpo de las mujeres) y el niqab (que solo deja visibles los ojos) en los espacios públicos. El fallo estableció que la medida no vulneraba los derechos humanos y que podía ser necesaria para garantizar la convivencia en las sociedades democráticas. En este caso se trata, no obstante, de prendas que cubren total o parcialmente la cara.

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